La Administración de la Comunidad, en el ejercicio de las funciones que le son encomendadas por el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, promueve una importante actividad de contratación con empresas y particulares.
La complejidad y especialización alcanzadas en este ámbito, la obligación de asumir y desarrollar los preceptos de la normativa europea y estatal aplicable, y la necesidad de garantizar los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación en la contratación pública, han hecho imprescindible la creación de instrumentos propios de gestión en el ámbito de la Comunidad.
En este sentido, el Decreto 74/1990, de 17 de mayo, creó la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Castilla y León, regulada actualmente por el Decreto 33/2006, de 11 de mayo (ver normativa), como órgano consultivo y asesor de la Administración de la Comunidad en materia de contratación administrativa.
Adscrita actualmente a la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda, le corresponden las siguientes funciones:
Informar sobre todas las cuestiones que le sometan las diferentes consejerías, entes institucionales y universidades públicas de Castilla y León, así como las organizaciones empresariales, en materia de contratación administrativa.
Vigilar la observancia de los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación en la contratación administrativa, así como de las prerrogativas de la Administración respecto a los contratos que se celebren.
Realizar los estudios necesarios sobre la contratación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en particular, impulsar y promover la normalización de la documentación contractual y la implantación de nuevas tecnologías en el ámbito de la contratación administrativa.
Formular propuesta de resolución en los expedientes para declarar la prohibición de contratar, cuando corresponda su declaración a la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Ser el órgano de comunicación y relación con la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda y con los órganos equivalentes del resto de Comunidades Autónomas.
Cualquier otra atribución que le otorguen las disposiciones vigentes.
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa puede actuar en Pleno o en Comisión Permanente, y está integrada por los siguientes miembros:
El Presidente, que será el Consejero/a de Economía y Hacienda.
El Vicepresidente, que será el Secretario/a General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, o persona en quien delegue.
El Secretario/a General de la Consejería de Economía y Hacienda, como vocal.
Cinco vocales nombrados por el Consejero/a de Economía y Hacienda del modo que a continuación se indican:
Un representante de la Intervención General.
Un representante de la Dirección de los Servicios Jurídicos.
El jefe del Servicio de Patrimonio.
El jefe del Servicio de Infraestructuras y Adquisición Centralizada.
Un funcionario del Grupo A, a propuesta del titular del órgano directivo central competente en materia de contratación administrativa.
Un vocal en representación de cada una de las restantes Consejerías.
Tres vocales, nombrados por el Consejero/a de Economía y Hacienda, a propuesta de las Organizaciones Empresariales.