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Contratación Administrativa de Castilla y León

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Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Castilla y León

La Administración de la Comunidad, en el ejercicio de las funciones que le son encomendadas por el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, promueve una importante actividad de contratación con empresas y particulares.

La complejidad y especialización alcanzadas en este ámbito, la obligación de asumir y desarrollar los preceptos de la normativa europea y estatal aplicable, y la necesidad de garantizar los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación en la contratación pública, han hecho imprescindible la creación de instrumentos propios de gestión en el ámbito de la Comunidad.

En este sentido, el Decreto 74/1990, de 17 de mayo, creó la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Castilla y León, regulada actualmente por el Decreto 33/2006, de 11 de mayo, modificado por el Decreto 15/2024, de 29 de agosto, como órgano consultivo y asesor de la Administración de la Comunidad en materia de contratación administrativa.

Adscrita actualmente a la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda, le corresponden las siguientes funciones:

  • Informar sobre todas las cuestiones que le sometan las diferentes consejerías, entes institucionales y universidades públicas de Castilla y León, así como las organizaciones empresariales, en materia de contratación administrativa.
  • Analizar la sostenibilidad financiera de los contratos de concesiones de obras y contratos de concesión de servicios, en los términos establecidos en la legislación básica de contratos del sector público. El desarrollo de las tareas necesarias para la elaboración de los informes que cumplimenten esta función podrá efectuarse solicitando los asesoramientos técnicos necesarios de órganos y organismos públicos con conocimiento especializado en la materia a que se refiera el objeto de los contratos de concesión analizados, así como con la colaboración de entidades públicas o privadas mediante la celebración de convenios, encargos o contratos que podrán tener como objeto la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios. El informe reflejará la colaboración o asistencia prestada. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa recabará este asesoramiento o colaboración a través de la Consejería a la que está adscrita orgánicamente.
  • Vigilar la observancia de los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación en la contratación administrativa, así como de las prerrogativas de la Administración respecto a los contratos que se celebren.
  • Dirigir, conservar, actualizar y custodiar el Registro de Contratos y el Registro de Licitadores de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Realizar los estudios necesarios sobre la contratación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en particular, impulsar y promover la normalización de la documentación contractual y la implantación de nuevas tecnologías en el ámbito de la contratación administrativa.
  • Formular propuesta de resolución en los expedientes para declarar la prohibición de contratar, cuando corresponda su declaración a la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Ser el órgano de comunicación y relación con la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda y con los órganos equivalentes del resto de Comunidades Autónomas.
  • Cualquier otra atribución que le otorguen las disposiciones vigentes.

La Junta Consultiva de Contratación Administrativa puede actuar en Pleno o en Comisión Permanente, y está integrada por los siguientes miembros:

  1. El Presidente, que será el Consejero/a de Economía y Hacienda.
  2. El Vicepresidente, que será el Secretario/a General de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital o persona en quien delegue.
  3. El Secretario/a General de la Consejería de Economía y Hacienda, como vocal.
  4. Cinco vocales nombrados por el Consejero/a de Economía y Hacienda del modo que a continuación se indican:
    1. Un representante de la Intervención General.
    2. Un representante de la Dirección de los Servicios Jurídicos.
    3. El jefe del Servicio de Patrimonio.
    4. El jefe del Servicio de Infraestructuras.
    5. Un funcionario del Grupo A, a propuesta del titular del órgano directivo central competente en materia de contratación administrativa.
  5. Un vocal en representación de cada una de las restantes Consejerías.
  6. Tres vocales, nombrados por el Consejero/a de Economía y Hacienda, a propuesta de las Organizaciones Empresariales.
  7. El Secretario de la Junta Consultiva.